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El comercio como factor de crecimiento
La Unión Europea representa el 20 % de todas las
importaciones y exportaciones, lo que la convierte en la primera potencia
comercial del mundo. Su principal socio comercial son los Estados Unidos,
seguidos de China y Rusia. El valor de los intercambios comerciales
transatlánticos, en ambas direcciones, asciende a cerca de
400 000 millones de euros al año.
La liberalización del comercio entre los Estados
miembros estuvo en el origen del mercado único europeo, un mercado en el
que impera la libre circulación de personas, mercancías, servicios y
capitales. La Unión desempeña, pues, un papel de primer orden como
impulsora de la liberalización del comercio mundial en beneficio tanto de
los países ricos como de los países pobres. Las sanciones comerciales —por
ejemplo la supresión de regímenes preferenciales o la restricción o
incluso la suspensión de los intercambios con aquello socios que no
respeten los derechos humanos u otras normas éticas internacionales— son
otro de los instrumentos de la política exterior europea.
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Un comercio libre y justo
La forma más tangible de
liberalizar el comercio pasa por reducir, o suprimir completamente,
los aranceles y las cuotas que los países aplican a los productos. De
esta forma, los proveedores, ya sean nacionales o extranjeros, pueden
competir abiertamente en precio y calidad. Pero existen asimismo
obstáculos encubiertos o «técnicos» de los que se sirven gobiernos y
empresas para tratar de conseguir ventajas injustas sobre sus rivales.
Entre estas prácticas desleales podemos mencionar las siguientes:
-
la venta de mercancías en
mercados extranjeros por debajo del precio de coste o del precio
interior al objeto, por ejemplo, de «desalojar» a los productores de
esos países de sus propios mercados (el llamado «dumping»);
-
el pago de subvenciones con cargo
al presupuesto del Estado a determinadas empresas, en particular los
«buques insignia» nacionales, para darles una ventaja injusta en los
mercados de exportación o en el mercado interior;
-
la celebración de contratos
públicos exclusivamente con empresas locales, aunque existan ofertas
más ventajosas de licitadores extranjeros;
-
la violación de los derechos de
propiedad intelectual (marcas registradas y derechos de autor) por
medio de la piratería o la falsificación de mercancías que se venden
a bajo precio en detrimento del fabricante de los artículos
originales.
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Las reglas del juego
Para que redunde en beneficio de todas las partes, el
comercio ha de ser libre y justo y regirse por reglas transparentes,
adoptadas de común acuerdo y aplicables a todos. La Unión apoya firmemente
la labor de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que aplica una
serie de normas encaminadas a liberalizar el comercio mundial y a
garantizar a todos los participantes un trato equitativo. Este sistema,
aunque imperfecto, garantiza una buena dosis de transparencia y seguridad
en el funcionamiento del comercio internacional.
La OMC dispone asimismo de un mecanismo de solución de
diferencias al que se puede recurrir cuando surgen conflictos directos
entre dos o más socios comerciales. En ocasiones, la Unión ha procedido
contra alguno de sus socios comerciales en el seno de la OMC, pero también
ha sido objeto de reclamaciones en casos relacionados, sobre todo, con la
agricultura.
Paralelamente a su calidad de miembro de la OMC, la
Unión ha desarrollado una red de acuerdos comerciales bilaterales con
países y grupos regionales de todo el mundo. Estos acuerdos complementan
la acción que se lleva a cabo en la OMC en favor de la supresión de los
obstáculos a los intercambios internacionales y le permiten intervenir de
forma más rápida, junto con sus principales socios, para obtener ventajas
en beneficio mutuo. Son compatibles con las reglas de la OMC que
establecen condiciones claras para la celebración de este tipo de
acuerdos, a fin de evitar que se acaben utilizando para discriminar a
otros socios comerciales.
Ventajas comerciales para todos
Con todo, los acuerdos comerciales no giran únicamente
en torno a intereses comerciales. La Unión Europea es particularmente
sensible a las necesidades de los países en vías de desarrollo y reconoce
desde hace tiempo que el comercio es uno de los medios para impulsar el
crecimiento económico y la capacidad productiva de estos países.
Los países en vías de desarrollo disfrutan de
franquicias de derechos de aduana o de aranceles reducidos sobre sus
exportaciones al mercado comunitario en virtud del sistema de preferencias
generalizadas (SPG), que se aplica a 7 200 productos. Para los países más
vulnerables con necesidades especiales en materia de desarrollo, la
franquicia de derechos se aplica a todos los productos incluidos en el
SPG. Se trata de una concesión que no requiere contrapartida alguna por
parte de los beneficiarios. Los cincuenta países menos desarrollados del
mundo tienen acceso totalmente libre al mercado comunitario para todos sus
productos, exceptuando las armas y las municiones.
Las relaciones especiales que la Unión mantiene con los
setenta y nueve países ACP en cuestiones de comercio y de ayuda se
remontan a la firma de los Acuerdos de Lomé, en 1975. Para hacerlas aún
más estrechas, se están negociando los llamados «acuerdos de asociación
económica» (AAE), que combinarán el comercio y la ayuda de manera
novedosa: se anima a los países ACP a promover la integración económica
con sus vecinos como primer paso hacia su integración global, al tiempo
que buena parte de la ayuda se dedicará a la consolidación de los recursos
institucionales y a la aplicación del principio de buena gobernanza. En
virtud de los AAE, el desarrollo se convierte en la piedra angular de las
relaciones entre la Unión y los países ACP.
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